Registro de Actividades - Colegiados

Entidad Responsable:
ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE GUADALAJARA
Delegado de protección de datos (DPO):
Javier Alvarez Hernando
Finalidad del tratamiento - La ordenación del ejercicio de la profesión;
- La representación exclusiva de la misma;
- La defensa de los derechos e intereses profesionales de los colegiados,
- La formación profesional permanente de los abogados;
- El control deontológico y la aplicación del régimen disciplinario en garantía de la Sociedad;
- La defensa del Estado social, democrático de Derecho proclamado en la Constitución, la promoción y defensa de los Derechos Humanos,
- La colaboración en el funcionamiento, promoción y mejora de la Administración de Justicia.
- El envío de información corporativa.
- La gestión de convenios de colaboración.
Base jurídica legitimadora: Art. 6.1 a) del Reglamento 679/2016. El interesado ha dado su consentimiento para el tratamiento de sus datos personales para uno o varios fines específicos.
Art. 6.1 b) del Reglamento 679/2016. El tratamiento es necesario para la ejecución de un contrato en el que el interesado es parte o para la aplicación a petición de este de medidas precontractuales.
Art. 6.1 c) del Reglamento 679/2016. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento:
- Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.
- Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española.
- Código Deontológico.
- Estatuto del Ilustre Colegio de Abogados de Guadalajara.
- Reglamento de Procedimiento Disciplinario. Aprobado por el Pleno del Consejo General de la Abogacía Española de 27 de febrero de 2009.
Art. 6.1 e) del Reglamento 679/2016. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento:
- Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
- Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
- Ley 9/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen Gobierno
Art. 6.1 f) del Reglamento 679/2016. El tratamiento es necesario para la satisfacción de intereses legítimos perseguidos por el responsable del tratamiento o por un tercero.
Descripción de las categorías de interesados - Colegiados/as.
- Solicitantes de colegiación.
- Participantes en actividades formativas, tanto como ponentes, como asistentes.
- Personas que firman los convenios en los que participa la Corporación.
- Jueces y magistrados/as, fiscales, Letrados/as de la Administración de Justicia, funcionarios/as de la Administración de Justicia.
- Miembros de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Miembros de Junta de Gobierno de la Corporación.
- Personas físicas, incluidas las que representan a personas jurídicas, públicas y privadas, con las que la Corporación mantiene relación en función de las actividades que tienen encomendadas.
de datos personales - Nombre y apellidos, DNI/NIF/Documento identificativo, dirección, firma, teléfono, correo electrónico.
- Firmantes de convenios: entidad a la que representan.
- Datos de representación en su caso.
Destinatarios - Consejo General de la Abogacía Española.
- Entidades financieras.
- Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
- Ministerio de Justicia.
- Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado.
- Personas físicas, incluidas las que representan a personas jurídicas relacionadas con las actividades del Colegio Profesional.
- Universidades públicas y privadas.
- Mutualidad de la Abogacía.
Transferencias internaciones de datos No están previstas.
Plazo de supresión - Se conservarán mientras los interesados mantengan su posición profesional o en tanto no soliciten su supresión.
- Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se obtuvieron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
- Los datos económicos de esta actividad de tratamiento se conservarán al amparo de lo dispuesto en la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
- Los datos personales de las personas interesadas en la recepción de información corporativa se mantendrán en el sistema de forma indefinida en tanto el interesado no solicite su supresión.
- Los datos personales de las personas inscritas en las distintas actividades realizadas por la Corporación se mantendrán en el sistema de forma indefinida en tanto el interesado no solicite su supresión.
Descripción general de medidas de seguridad - Las medidas de seguridad implantadas se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información del ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE GUADALAJARA.
- En lo que respecta a la actividad regida por el derecho público, se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.