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Entidad Responsable: ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE GUADALAJARA |
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Delegado de protección de datos (DPO): Javier Alvarez Hernando |
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Finalidad del tratamiento | Tratamiento de datos con la finalidad de gestionar las solicitudes de los ciudadanos/as que realicen al Colegio, así como, el registro y tramitación de las quejas y sugerencias presentadas en relación con la actuación de la Corporación. | ||
Base jurídica legitimadora: |
Art. 6.1 c) del Reglamento 679/2016. El tratamiento es necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento: - Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. - Real Decreto 135/2021, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto General de la Abogacía Española. |
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Descripción de las categorías | de interesados | - Personas que se dirigen al Colegio. | |
de datos personales |
- Nombre y apellidos, DNI/NIF/Documento identificativo, dirección, firma, teléfono, correo electrónico. - Datos relacionados con el documento presentado en el registro de la corporación. |
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Destinatarios | La solicitud, los documentos que la acompañen y los datos personales que pudieran contenerse en ellos, se incorporan a un expediente, al que podrán tener acceso quienes sean considerados interesados con interés legítimo de acuerdo con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, así como quien tenga derecho de acceso a la información pública, con los límites que resulten de aplicación, atendiendo a la Ley 19/2013, de 9 de diciembre. | ||
Transferencias internaciones de datos | No están previstas. | ||
Plazo de supresión | - Se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se obtuvieron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. | ||
Descripción general de medidas de seguridad |
- Las medidas de seguridad implantadas se encuentran descritas en los documentos que conforman la Política de protección de datos y seguridad de la información del ILTRE. COLEGIO DE ABOGADOS DE GUADALAJARA. - En lo que respecta a la actividad regida por el derecho público, se corresponden con las previstas en el Anexo II (Medidas de seguridad) del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica. |