Convenio ICAGU para presentación telemática tributaria CLM

Estimados compañeros.

Con el objeto de facilitar a los colegiados la presentación de documentación nos es grato informaros de la firma del "Acuerdo de Colaboración entre la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha y el Ilustre Colegio de Abogados de Guadalajara”, para la presentación telemática de autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios en representación de terceras personas.

Tras haber comunicado a la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas la relación de las personas colegiadas, ya podéis suscribir el documento individualizado de adhesión al citado Acuerdo y ser autorizado por la Dirección General de Tributos y Ordenación del Juego para efectuar la presentación telemática de dichas autoliquidaciones (Documento de Representación que se adjunta).

Las personas o entidades colegiadas o asociadas a la entidad firmante del Acuerdo, incluidas en la relación, que estén interesadas en adherirse al contenido del mismo deberán presentar una solicitud de adhesión individual al Acuerdo. El modelo de solicitud se deberá confeccionar y presentar telemáticamente pulsando en la opción Colaboradores Sociales->Modelo individualizado de adhesión que se encuentra en la dirección electrónica www.jccm.es/tributos

Una vez verificado que el adherente al Acuerdo está incluido en la última relación de las personas o entidades colegiadas o asociadas enviada por la entidad que ha suscrito el Acuerdo de colaboración, la Directora General de Tributos y Ordenación del Juego autorizará al solicitante para efectuar, en el marco de la colaboración social en la aplicación de los tributos, la presentación telemática de autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios en representación de terceras personas.

MODELOS DE DOCUMENTOS QUE PUEDEN SER OBJETO DE PRESENTACIÓN TELEMÁTICA

Las entidades que hayan celebrado un Acuerdo de colaboración con la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas y sus profesionales asociados o colegiados que hayan suscrito un documento individualizado de adhesión al contenido del Acuerdo, podrán presentar telemáticamente, en representación de terceros, los modelos de autoliquidación que figuran en el anexo II de la Orden 98/2021, de 23 de junio, de la Consejería de Hacienda y Administraciones
Públicas, por la que se regula el procedimiento para la presentación telemática de autoliquidaciones tributarias y la remisión de copias electrónicas de documentos notariales, así como determinadas obligaciones de suministro de información tributaria (DOCM nº 123 de 30 de junio de 2021).

A partir del 01 de julio de 2021 las autoliquidaciones que se pueden presentar telemáticamente son:

Modelo Nombre
042 Tasas fiscal sobre el juego: Rifas, tómbolas, apuestas, combinaciones aleatorias y Otros juegos que se desarrollen por medios electrónicos, informáticos, telemáticos o interactivos.
043 Tasa fiscal sobre el juego. Bingo
044 Tasa fiscal sobre el juego. Casinos de Juego y Establecimientos de juegos de casino
045 Tasa fiscal sobre el juego. Máquinas o aparatos automáticos
600 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados.
610 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Pago en metálico del impuesto que grava:
I- Los documentos negociados por Entidades Colaboradoras.
II- La emisión de documentos que lleven aparejada acción cambiaria o sean endosables a la orden.
620 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Transmisiones de determinados medios de transporte usados.
630 Impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. Pago en metálico de letras de cambio
650 Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Adquisiciones "mortis causa"
651 Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Adquisiciones "inter vivos"
655 Impuesto sobre sucesiones y donaciones. Consolidación de dominio
701 Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente. Autoliquidación trimestral
702 Impuesto sobre determinadas actividades que inciden en el medio ambiente. Autoliquidación final
801 Resguardo de depósito de garantía en efectivo

A medida que, de acuerdo con las posibilidades técnicas de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas, se vaya ampliando el sistema de presentación telemática a otras autoliquidaciones, declaraciones, comunicaciones y otros documentos tributarios y esté prevista la posibilidad de su presentación en representación de terceras personas, se considerará, a los profesionales colegiados o asociados que hayan presentado el documento individualizado de adhesión, autorizados para su presentación por vía telemática en representación de terceras personas de acuerdo con lo que la normativa correspondiente establezca.

Esperando que sea de vuestra utilidad.