El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado el Real Decreto-ley que aplaza en un año la entrada en vigor de VeriFactu.
La obligación pasa ahora al 1 de enero de 2027 para sociedades y al 1 de julio de 2027 para autónomos y la mayoría de pymes.
- Real Decreto-ley 15/2025, de 2 de diciembre, por el que se adoptan medidas urgentes para favorecer la actividad inversora de las entidades locales y comunidades autónomas y se modifica el Real Decreto 1007/2023 (Reglamento Verifactu), publicado en el BOE de 3 de diciembre de 2025.
- Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento que establece los requisitos que deben adoptar los sistemas y programas informáticos o electrónicos que soporten los procesos de facturación de empresarios y profesionales.
Verifactu es el sistema diseñado por la Agencia Tributaria para asegurar que los programas y sistemas de facturación de empresas y profesionales garanticen la integridad, trazabilidad e inalterabilidad de las facturas, eviten la manipulación o borrado de registros de facturación y generen registros estándar que, en su caso, puedan remitirse a la AEAT.
Esto implica que los software de facturación deberán cumplir unos requisitos técnicos muy concretos (formato de los registros, identificadores únicos, trazabilidad, etc.), lo que obliga a adaptar o actualizar los programas utilizados por pymes, autónomos y proveedores de software.